Seguridad en América | Post

Descarta el SAT que su personal porte armas

Tras la reforma que permite a organismos públicos solicitar licencias de portación, la dependencia fiscal aclara que su personal administrativo no portará armamento.

CIUDAD DE MÉXICO.– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó que su personal administrativo esté autorizado a portar armas de fuego, pese a la reciente reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos aprobada por el Congreso.

A través de un comunicado, el organismo fiscal aclaró que la nueva legislación no otorga a sus empleados facultades para utilizar armamento en el desempeño de sus labores diarias, como se ha sugerido en algunos medios de comunicación.

“El personal administrativo de esta institución no porta ni portará armas para el desarrollo de sus funciones diarias”, señaló el SAT. Además, subrayó que si bien cuenta con una licencia colectiva otorgada por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), esta está limitada exclusivamente a tareas de seguridad privada en instalaciones y edificios del organismo.

Durante la última sesión del periodo ordinario, el Senado aprobó en fast track reformas que permiten a entidades como el SAT, Pemex, CFE y Banxico solicitar licencias colectivas para el uso de armas, siempre que acrediten su necesidad y cumplan con los requisitos establecidos por la Sedena.

El dictamen establece que el armamento solo podrá emplearse en funciones oficiales de seguridad pública. También abre la posibilidad a ejidatarios y jornaleros de poseer rifles calibre .22 o escopetas en zonas rurales, y permite a elementos de seguridad pública portar armas automáticas bajo condiciones específicas.

Pese a estas modificaciones, el SAT insistió en que su personal administrativo está excluido de estas disposiciones y no participará en tareas armadas.