Se voltea tráiler con cervezas en Ecatepec y provoca rapiña
En México, la rapiña no está específicamente tipificada como delito en la ley, pero las empresas afectadas pueden denunciar estos actos como robo.
Un tráiler cargado de cervezas se volcó en el Circuito Exterior Mexiquense, dentro de los límites del municipio de Ecatepec, Estado de México. Tras el accidente, decenas de personas, incluidos menores de edad, participaron en actos de rapiña, llevándose las latas que quedaron esparcidas por la carretera.
El incidente ocurrió a pocos metros de la salida hacia Río de los Remedios. Los tripulantes del vehículo quedaron atrapados en la cabina mientras los habitantes de la zona se abalanzaban sobre la mercancía. Usuarios de redes sociales compartieron videos en los que se observa a los saqueadores saltando los límites establecidos para la circulación de automóviles y recogiendo las latas de cerveza que no estaban dañadas.
En las imágenes también se puede ver cómo muchos adultos enviaron a menores de edad, probablemente sus hijos, primos, sobrinos o nietos, a recoger cervezas del suelo. Algunos de estos niños llevaban bolsas negras para basura que apenas podían cargar debido al peso de las cervezas.
Elementos de la Secretaría de Seguridad del Estado de México llegaron rápidamente al lugar para dispersar a la multitud. Hasta el momento, no se ha informado de heridos o fallecidos a causa del accidente.
En México, la rapiña no está específicamente tipificada como delito en la ley. Sin embargo, las empresas afectadas pueden denunciar estos actos como robo. De acuerdo con el Código Penal Federal, comete el delito de robo "quien se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley".
El Artículo 370 del Código Penal Federal establece sanciones dependiendo del valor de lo robado:
- Si el valor no excede de cien veces el salario, la pena es hasta dos años de prisión y una multa de hasta cien veces el salario.
- Si el valor excede de cien veces el salario pero no de quinientas, la sanción es de dos a cuatro años de prisión y una multa de cien hasta ciento ochenta veces el salario.
- Si el valor excede de quinientas veces el salario, la sanción es de cuatro a diez años de prisión y una multa de ciento ochenta hasta quinientas veces el salario.
El Artículo 371 establece que si no se puede fijar un precio estimado o el valor del objeto, se aplicará prisión de tres días hasta cinco años.
Este incidente pone en relieve los riesgos legales y sociales de la rapiña y subraya la necesidad de una respuesta efectiva por parte de las autoridades para prevenir y sancionar este tipo de conductas.